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| OPCIONES
TARIFARIAS
BT4.1 y AT4.1 |
BT4.1 y AT4.1 |
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Esta
opción tarifaria permite registrar en forma diferenciada
la demanda en horas de punta y la demanda suministrada.
Requiere de un medidor simple de energía.
Los cargos que comprende esta opción son:
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Cargo
fijo mensual |
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Este
cargo cubre costos tales como lectura, facturación,
reparto y cobranza de las boletas, que no tienen relación
con el consumo. Este cargo se aplica incluso si el consumo
es nulo. |
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Cargo
único por uso del sistema Troncal |
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Este
cargo cubre el costo por el uso de instalaciones del sistema
de transmisión troncal. Este cargo se obtiene multiplicando
los kWh registrados en el medidor durante el período
de facturación por su precio unitario expresado
en $/kWh.
Corresponde a un costo en el que incurren las empresas
concesionarias de servicio público de distribución
por el transporte de energía a través del
sistema de transmisión troncal, el cual es transferido
a los consumidores finales. |
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Cargo
por Energía |
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Se
obtiene multiplicando los kWh registrados en el medidor
durante el período de facturación por el
precio unitario de la energía. |
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Cargo
por demanda máxima contratada en horas de punta |
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Este
cargo se factura incluso si el consumo de energía
es nulo. Se obtiene multiplicando los kW de potencia contratada
en horas de punta, por el precio unitario correspondiente. |
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Cargo
por demanda máxima contratada |
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Se
factura aunque no haya consumo de energía y se
obtiene multiplicando los kW de potencia contratada en
horas fuera de punta por el precio unitario correspondiente. |
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Horas
de punta |
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Se
entenderá por horas de punta del Sistema Interconectado
Central (SIC) a las informadas en los decretos de fijación
de precios de nudo aplicables a los suministros de electricidad
a precio regulado para clientes, usuarios o consumidores
finales, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, o en aquellos decretos o publicaciones
que realice la autoridad para comunicar su modificación.
Actualmente el horario de punta definido para el SIC es
el comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas de cada
día de los meses de abril, mayo, junio, julio,
agosto y septiembre. |
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