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¿Qué debo hacer cuando la boleta llega después de la fecha de vencimiento?
En este caso debe dejar constancia en nuestra Compañía sobre el atraso en la llegada de su cuenta, de esta forma evitará el recargo que implica el pago fuera de plazo. Esta constancia puede realizarla en las oficinas comerciales o a través del Servicio a Clientes 600 777 7777.
 
¿Cuándo debo recibir mi boleta?
Por lo general una semana después de la lectura de su medidor, la boleta debe llegar a su domicilio o el lugar destinado para este efecto. Esta es enviada mediante repartidores, ya sea de la Compañía o de una empresa contratada para ello. Por ley debemos despachar su boleta o factura con una anticipación no inferior a 10 días contados desde el vencimiento de ella.
 
¿Qué sucede cuando no he pagado mi deuda antes de la fecha de vencimiento?
Por cada día de atraso en el pago, se le recargará un interés. Y si además sobrepasa la fecha de corte del suministro, deberá pagar adicionalmente un cargo por corte y reposición.
Consecuente con lo anterior, estamos autorizados legalmente para proceder a la suspensión del suministro, 45 días después de la fecha de vencimiento.
 
¿Al arrendar mi casa a terceros puedo solicitar la suspensión del servicio?
Para solicitar la suspensión del servicio, el domicilio debe encontrarse sin deudas y certificar que no hay arrendatarios.
Sólo podemos cortar el servicio cuando estamos facultados legalmente para hacerlo, esto es, por notificación judicial una vez expirado los 45 días desde la fecha de vencimiento.
 
¿Cuántas veces puedo solicitar la suspensión del servicio?
Puede hacerlo las veces que estime conveniente y por el tiempo que necesite. No existe un límite para la suspensión.
 
¿Qué puedo hacer si noto algún error en mi boleta?
Si recibe su boleta con la impresión poco clara, algún dato incorrecto o exista un error en el cálculo del cobro de alguno de los cargos, ya sea por un error en la lectura del medidor o en el cálculo del límite de invierno, puede solicitarnos que se anule la boleta y se le extienda una nueva, previa verificación por parte de nuestra Compañía. En caso que usted haya pagado de más se le devolverá la diferencia o tiene la opción de dejarla abonada para el próximo pago.
 
¿Qué es el Puenteo y cuando es necesario realizarlo?

El puenteo es dejar temporalmente fuera de servicio las protecciones del medidor. Usted debe solicitarlo a la Compañía y es necesario realizarlo cuando va a consumir una potencia mayor al límite del sistema de seguridad de la instalación, como por ejemplo para trabajos con soldadura o para pulidoras de piso.

 
¿Dónde se compra un medidor?

Usted tiene la opción de adquirirlo en nuestra Compañía, la que además de ofrecerle facilidades en el pago, le rebaja el cargo por conexión y puesta en servicio; o comprarlo en lugares especializados, siempre y cuando cumpla con las normas técnicas.
En caso que usted compre su medidor en otro sitio, es nuestra obligación revisarlo, calibrarlo y además verificar su procedencia, para evitarle cualquier problema en la eventualidad de que éste fuese robado.

 
¿Puedo pedir que mi medidor sea revisado por la compañía?

Por supuesto, si usted tiene alguna duda sobre el funcionamiento de su medidor puede solicitar a la Compañía que realice la revisión de éste. Es importante que usted se encuentre presente durante la revisión así podrá realizar todas sus consultas al técnico.
En caso que en su medidor no se detecten fallas, la visita del técnico será cobrada en una próxima boleta. Si se detectara algún defecto, la Compañía le proveerá en forma gratuita de un nuevo medidor mientras se revisa el suyo.

 
Si detecto fallas en el alumbrado público, ¿a quien debo dirigirme?

Al ser el alumbrado público propiedad de la Municipalidad, el reclamo debe realizarlo allí ya sea telefónicamente o en persona, para que se de origen a la reparación por parte de CGE DISTRIBUCIÓN o de la que esté encargada del mantenimiento en su comuna.

 
¿Qué hago cuando en mi nueva boleta aparece como saldo anterior una boleta ya cancelada?
Esto ocurre cuando usted se ha atrasado en el pago de su boleta y ha cancelado cuando la facturación del nuevo mes ya esta en proceso. En este caso usted debe recurrir a CGE DISTRIBUCIÓN con la boleta en discusión para acreditar su pago, en caso que éste no estuviese ingresado al sistema; y solicitar el abono o devolución del saldo.